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rajibraj 2026-10-06

Gemma Jones: “El juzgado español me da la razon. TVGE, Asonga y Real Equatorial Guinea, divulgaron información falsa sobre mi. Me reservo el uso de acciones legales al amparo de la ley 7/2024”

El 18 de septiembre de 2026, el Juzgado de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 19, dictó el Auto nº 1991/2026 y acordó el sobreseimiento libre y archivo de las diligencias previas seguidas contra mí y mi cliente.

La resolución es contundente. El procedimiento penal se basó en analizar una controversia de naturaleza mercantil entre las partes vinculadas a Wayang Technical Solucoes Globais S.A. y, tras examinar las actuaciones y asumir el criterio del Ministerio Fiscal, el juzgado concluyó que no existe tipicidad penal.

El Auto señala literalmente que la supuesta amenaza consistente en que acudir a los tribunales de Guinea Ecuatorial para defender las pretensiones de mi cliente «nunca» podía ser considerada una amenaza. La resolución añade que se trataba de una controversia de naturaleza civil y que las manifestaciones realizadas en aquel contexto no tenían la gravedad ni entidad necesarias para constituir un delito de amenazas.

Lo que hice fue ejercer la abogacía y defender los intereses de mi cliente ante los tribunales.

Sin embargo, en octubre de 2025, TVGE, la televisión pública de Guinea Ecuatorial, y Radio Televisión Asonga, entre otros, utilizaron un fragmento de la controversia suscitada durante la junta de la mercantil mantenida en España, de más de cincuenta minutos de duración, para construir públicamente una interpretación falsa, manipulada y absolutamente descontextualizada de mi actuación profesional.

Mi voz fue utilizada. El contexto fue eliminado. Y nadie me preguntó.

No se contrastó conmigo la información. No se solicitó la grabación íntegra. No se me dio la oportunidad de explicar lo sucedido antes de difundir una acusación que lesionó mi derecho al honor, mi buen nombre y mi reputación profesional.

Asusta y da que pensar que una televisión pública no contraste la veracidad de la información que publica.

Cabe destacar que desde que ejerzo la defensa de intereses de personas y empresas extranjeras en Guinea Ecuatorial he sufrido presiones, amenazas, vejaciones y actos deliberados de hostigamiento que, en ocasiones, han llegado a comprometer incluso mi integridad física

Pero, afortunadamente, Guinea Ecuatorial dispone a día de hoy de la Ley 7/2024 sobre redes sociales, delitos informáticos y ciberdelincuencia. La propia norma prohíbe difundir noticias falsas para atacar a terceros, obliga a comprobar la veracidad de las publicaciones y establece específicamente sanciones para la difusión de información falsa o tergiversada que perjudique el honor, prestigio o reputación de una persona.

Motivo por el cual, al amparo de la normativa evocada me reservo el uso de tantas acciones legales, como me pudieran corresponder, contra los medios y creadores de contenido en la República de Guinea Ecuatorial.

Porque, informar exige contrastar.

Gemma JONES